Finanzas5 min de lecturaPublicado el 16 de octubre de 2026Revisión legal: 16 de octubre de 2026

Cómo armar el presupuesto anual de un condominio

El presupuesto anual es el mapa del dinero del condominio: dice cuánto se gastará, en qué y con qué cuotas se cubrirá. Te explicamos qué pide la ley en la CDMX y un método sencillo para armarlo.

Por qué importa y qué dice la ley

Un condominio sin presupuesto improvisa: paga lo urgente, pospone lo importante y sorprende a los vecinos con cuotas extraordinarias. La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (en adelante, "la Ley") le da a la Asamblea General la facultad de discutir y, en su caso, aprobar el presupuesto de gastos para el año siguiente (art. 33, fracc. IX).

Algunos puntos que enmarcan el ejercicio:

  • Las cuotas se destinan a tres fondos: administración y mantenimiento (gasto corriente), reserva (herramientas, materiales, maquinaria, obras y mantenimiento) y gastos extraordinarios (art. 55).
  • La Asamblea General examina y, en su caso, aprueba los estados de cuenta semestrales que presente el administrador (art. 33, fracc. VIII) y las asambleas ordinarias se celebran trimestralmente (art. 29, fracc. I). Son los momentos naturales para comparar lo presupuestado contra lo gastado.
  • Cada mes, el administrador debe entregar un estado de cuenta con ingresos, egresos, cuotas pendientes, saldos bancarios y cuentas por pagar a proveedores (art. 43, fracc. XII).
  • La Asamblea puede mandar una auditoría si ve inconsistencias en los estados financieros (art. 33, fracc. XIX).

La Ley no dicta un formato de presupuesto. El método es nuestra recomendación, no un requisito legal.

Método en 6 pasos

1. Parte de lo real. Reúne los estados de cuenta de los últimos 12 meses. Sin historial, el presupuesto es una adivinanza. Si el condominio es nuevo, usa cotizaciones y pide al desarrollador la información de operación que tenga.

2. Separa gastos fijos, variables y de mantenimiento.

  • Fijos: nómina o contrato de personal, vigilancia, honorarios de administración, seguros, internet y telefonía, elevadores.
  • Variables: agua, luz de áreas comunes, gas, limpieza y papelería. Estima con el promedio de 12 meses y revisa si hubo meses atípicos.
  • Mantenimiento: preventivo programado (bombas, cisternas, impermeabilización, extintores, pintura) y correctivo imprevisto.

3. Incluye el seguro. La escritura constitutiva debe contemplar la obligación de contratar póliza contra terremoto, inundación, explosión, incendio y daños a terceros, con prima proporcional al indiviso y previo acuerdo de Asamblea (art. 9, fracc. VIII). Pregunta cuál es el estado real de la póliza antes de presupuestar.

4. Define el fondo de reserva. Es el colchón para obras mayores. La Ley crea el fondo y fija que su cuota es proporcional al indiviso (art. 55, fracc. II), pero no dice qué porcentaje reservar. Decide un monto con base en la antigüedad del inmueble, sus equipos y el calendario de mantenimiento, y déjalo por escrito en el acta.

5. Agrega un margen para imprevistos e inflación. Sin inventar cifras: revisa cuánto subieron tus principales contratos el año pasado y pide a los proveedores su propuesta de ajuste para el año siguiente. Es mejor un margen explícito que una cuota extraordinaria sorpresa.

6. Convierte el total en cuota. La fórmula básica es: presupuesto anual del fondo de administración y mantenimiento ÷ 12 meses, repartido en proporción al indiviso de cada unidad (art. 55, fracc. I). Como esto toca directamente el bolsillo de los vecinos, es un asunto que merece su propio artículo: lo veremos en "Cómo fijar la cuota de mantenimiento".

Excepción: en condominios de interés social o popular, el Título Quinto de la Ley permite fijar cuotas por número de unidades sin considerar el indiviso (art. 77).

Cómo presentarlo para que se apruebe

  • Entrega el borrador antes de la Asamblea y avisa en la convocatoria que se votará el presupuesto (la convocatoria debe indicar el orden del día, art. 32, fracc. I).
  • Explica cada rubro con el comparativo del año anterior. Una tabla de una página convence más que diez de texto.
  • Muestra qué pasa si no se aprueba: qué mantenimiento se pospone y qué riesgo implica.
  • Ten claro el quórum. En primera convocatoria se requiere asistencia del 75% de los condóminos; en segunda, mayoría simple; en tercera, la Asamblea se instala con quienes asistan (art. 32, fracc. IV). Los acuerdos se toman por mayoría simple de votos, según el indiviso (art. 31, fracc. II y III).
  • Levanta acta en el libro autorizado por la PROSOC y entrega a cada condómino las resoluciones por escrito en 7 días hábiles (art. 31, fracc. VIII y IX).

Seguimiento durante el año

  • Revisa el estado de cuenta mensual contra el presupuesto: ¿qué rubro se desvía y por qué?
  • Si el fondo de administración no alcanza para un gasto extraordinario, la Ley prevé una cuota extraordinaria (art. 55, fracc. III), pero debe aprobarla la Asamblea.
  • El Comité de Vigilancia debe revisar periódicamente documentos, comprobantes y contabilidad y dictaminar los estados de cuenta (art. 49, fracc. II y VI).
  • Si los fondos están sin usar, la Asamblea puede autorizar invertirlos en valores de inversión a la vista de mínimo riesgo, conservando liquidez (art. 57).

Checklist del presupuesto

  • Estados de cuenta de los últimos 12 meses reunidos.
  • Gastos clasificados en fijos, variables y mantenimiento.
  • Póliza de seguro vigente y su costo incluido.
  • Monto del fondo de reserva definido y justificado.
  • Margen explícito para imprevistos e inflación.
  • Cuota calculada según el indiviso.
  • Borrador entregado antes de la Asamblea.
  • Acta firmada y resoluciones notificadas.
  • Revisión trimestral contra lo gastado.

Cómo te podemos ayudar

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Fuentes

Fecha de revisión: 16 de octubre de 2026.

Contenido informativo; no sustituye asesoría legal.